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Artículo 6 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 6 dice cómo se va a organizar internamente el Organismo (una institución pública). Para tomar decisiones y manejar los asuntos diarios, van a tener tres niveles: el Consejo Directivo (como la cabeza que decide las reglas y planes grandes), la Dirección General (el jefe o jefa que dirige todo), y las Coordinaciones de Área (los encargados de temas específicos, como finanzas o atención al público). En pocas palabras, así está estructurado el equipo para que funcione.

Texto oficial

Artículo 6.- El Organismo contará con los órganos de gobierno y administración siguientes: I. Consejo Directivo. II. Dirección General. III. Coordinaciones de Area.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.