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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 6 dice cómo se va a organizar internamente el Organismo (una institución pública). Para tomar decisiones y manejar los asuntos diarios, van a tener tres niveles: el Consejo Directivo (como la cabeza que decide las reglas y planes grandes), la Dirección General (el jefe o jefa que dirige todo), y las Coordinaciones de Área (los encargados de temas específicos, como finanzas o atención al público). En pocas palabras, así está estructurado el equipo para que funcione.

Texto oficial

Artículo 6.- El Organismo contará con los órganos de gobierno y administración siguientes: I. Consejo Directivo. II. Dirección General. III. Coordinaciones de Area.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México (pág. 3) ↗

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