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Artículo 12 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que el gobierno del Estado le da cada año a la Comisión de Derechos Humanos para su funcionamiento diario (como pagar renta, luz y sueldos) tiene que aumentar de un año a otro. Eso significa que el presupuesto del año siguiente debe ser más grande, al menos un poco, que el del año anterior. La Legislatura, que es el grupo de diputados que aprueban estos recursos, está obligada a que así sea. Además, si la Comisión necesita dinero para proyectos especiales o inversiones, esos recursos se piden y se autorizan por separado, no se revuelven con el dinero de su operación diaria.

Texto oficial

Artículo 12.- El presupuesto operativo básico del Organismo que apruebe la Legislatura del Estado para cualquier ejercicio fiscal, debe ser razonablemente mayor al correspondiente al año inmediato anterior. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de agosto de 2008. Última reforma POGG 05 de abril de 2024. LEY DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO 3 Los recursos que de manera coyuntural corresponden a gasto de inversión deben ser aprobados de manera independiente al gasto operativo. TÍTULO SEGUNDO DE LAS ATRIBUCIONES, ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA COMISIÓN Capítulo I De las atribuciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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