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Artículo 129 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Organismo (la institución encargada de derechos humanos) puede hacer varias cosas para que la gente conozca y respete los derechos humanos. Puede trabajar con otras escuelas o dependencias para dar pláticas y cursos sobre el tema. También puede crear libros, videos o materiales para explicar qué hace y cómo cuidar la dignidad de las personas. Además, puede hacer investigaciones y ofrecer programas de estudio, incluso con certificados oficiales, siempre siguiendo lo que digan las reglas internas.

Texto oficial

Artículo 129.- El Organismo, para la promoción y capacitación en la cultura de respeto a los derechos humanos, podrá: I. Generar acciones con instituciones, dependencias y organismos para la divulgación, promoción, conocimiento y capacitación en materia de derechos humanos. II. Elaborar material editorial y audiovisual para dar a conocer sus funciones y actividades, así como difundir la cultura del respeto a la dignidad humana. III. Generar acciones para la sensibilización, promoción y capacitación en materia de derechos humanos. IV. Realizar y promover investigaciones en materia de derechos humanos, V. Impartir programas de estudios en materia de derechos humanos. VI. Establecer e impartir los programas de estudio para la certificación en materia de derechos humanos y coordinarse con las instituciones públicas de acuerdo con lo establecido en la Ley y el Reglamento Interno. VII. Las demás que establezca el Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.