Artículo 15 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México está formada por cinco partes: la Presidencia, que es quien la encabeza; el Consejo Consultivo, que es un grupo de consejeros que ayudan a tomar decisiones; la Secretaría General, que se encarga del trabajo administrativo; las Visitadurías, que son las oficinas que atienden quejas sobre violaciones a derechos humanos; y todo el personal profesional, técnico y administrativo necesario para que funcione.
Texto oficial
Artículo 15.- La Comisión se integra por: I. La Presidencia. II. El Consejo Consultivo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de agosto de 2008. Última reforma POGG 05 de abril de 2024. LEY DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO 6 III. La Secretaría General. IV. Las Visitadurias que sean necesarias. V. El personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.