Artículo 62 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si alguien comete una violación muy grave, como lastimar físicamente o mentalmente a otra persona, atentar contra su vida o secuestrarla fuera de un juicio, entonces no hay límite de tiempo para presentar una queja. También aplica para actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución, como la tortura o la desaparición forzada. Es decir, aunque haya pasado mucho tiempo, siempre puedes denunciar estos casos.
Texto oficial
Artículo 62.- Tratándose de violaciones graves a la integridad física o psíquica, de lesa humanidad, a la vida, ataques a la libertad personal fuera del procedimiento judicial, o alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la queja puede presentarse en cualquier tiempo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.