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Artículo 82 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 82 dice que la mediación y la conciliación son formas de arreglar un problema sin necesidad de esperar una queja o una investigación obligatoria. Funcionan como un apoyo o un paso adicional para resolver conflictos de manera más rápida y sencilla. En lugar de seguir todo el proceso formal, ambas partes pueden platicar con un mediador o conciliador para llegar a un acuerdo. Esto ayuda a evitar juicios largos o investigaciones complicadas.

Texto oficial

Artículo 82.- La mediación y la conciliación son medios alternativos, auxiliares y complementarios al procedimiento de queja y a la investigación de oficio, para la solución de conflictos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.