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Artículo 1 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todo el Estado de México y nadie puede ignorarla. Su objetivo es regular a las empresas de seguridad privada, como las que cuidan casas, oficinas o personas. Para eso, establece qué requisitos deben cumplir, cómo se registran, qué obligaciones tienen y qué sanciones les aplican si hacen algo mal. También dice cómo se hacen las inspecciones y cómo pueden defenderse si reciben una multa o castigo. En pocas palabras, esta ley pone las reglas claras para que los servicios de seguridad privada funcionen bien y legalmente.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia General en el Estado de México y tiene por objeto regular la prestación de los Servicios de Seguridad Privada que se prestan en esta Entidad Federativa, consistente en la autorización, requisitos, modalidades, registro, obligaciones y restricciones, capacitación, visitas de verificación, medidas tendientes a garantizar la correcta prestación de los servicios y sanciones aplicables, así como los medios de impugnación de éstas, respecto de los servicios de seguridad privada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.