Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica a todas las personas (como tú o un negocio) que ofrecen servicios de seguridad privada, como los guardias de una empresa. También entra cualquier grupo o compañía que haga ese trabajo, aunque sea una sociedad o asociación. En pocas palabras, si alguien trabaja por su cuenta o representa a una empresa de seguridad, está obligado a cumplir con lo que dice esta regla.

Texto oficial

Artículo 2.- Son sujetos de esta Ley las personas físicas o jurídico colectivas que presten los servicios de seguridad privada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.