Artículo 3 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todo lo que haga la Secretaría relacionado con esta ley debe hacerse siguiendo las reglas que aquí se mencionan: primero, lo que dice esta misma ley; luego, otras leyes y normas que tengan que ver con el tema; y también el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. En pocas palabras, cada trámite, documento o decisión tiene que ajustarse a esas reglas para que sea válido.
Texto oficial
Artículo 3.- Los actos y procedimientos que se dicten o ejecuten por la Secretaría en la aplicación de esta Ley, así como en los procesos de la misma, se emitirán, tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones de esta Ley, de otras disposiciones legales y administrativas aplicables a la materia y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.