Artículo 6 de la Ley sobre el Escudo y el Himno del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Escudo del Estado de México solo lo pueden usar las oficinas de gobierno, como sello oficial en sus cartas y documentos. Tú, como persona particular, no puedes usarlo en papeles tuyos. Sí se puede poner en lugares públicos como oficinas, escuelas, centros de trabajo y grupos del campo. También lo pueden usar en la ropa, banderas o insignias de equipos deportivos de la entidad. Eso es todo lo que dice la ley sobre el escudo; el himno del estado se explica en otra parte.
Texto oficial
Artículo 6.- El Escudo del Estado de México será utilizado exclusivamente como sello en toda la correspondencia oficial de las dependencias de los poderes del Estado y sus municipios, pero queda prohibido utilizarlo en documentos particulares. Su reproducción podrá ser colocada en todas las oficinas públicas, instituciones culturales, centros obreros y agrupaciones ejidales. Podrá figurar también en la indumentaria, pendones o distintivos de organizaciones deportivas o similares del Estado de México. CAPITULO TERCERO Del Himno del Estado de México
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.