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Artículo 131 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La incapacidad permanente total significa que una persona pierde habilidades físicas o mentales, y por eso ya no puede hacer ningún tipo de trabajo. No importa si era chofer, carpintero o de oficina: si ya no puedes trabajar en nada, aplica esto. No se trata de que no puedas hacer tu trabajo anterior, sino que ya no puedas realizar ningún oficio o empleo.

Texto oficial

ARTÍCULO 131. Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes físicas o psicológicas de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.