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Artículo 184 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Es un tribunal especial en conflictos de trabajo, parecido a un juzgado, que funciona de manera independiente y tiene la autoridad total para resolver pleitos entre trabajadores y patrones. Ahí se atienden tanto problemas de una sola persona (como un despido injustificado) como asuntos que afectan a un grupo, por ejemplo, una huelga. Este órgano no depende de nadie más para tomar sus decisiones, y su palabra es la definitiva en estos casos.

Texto oficial

ARTÍCULO 184.- El Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje es un órgano autónomo y dotado de plena jurisdicción, conocerá y resolverá los conflictos laborales individuales y colectivos que se presenten entre los sujetos de esta ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.