- Ley
- Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la ley no dice nada sobre un caso en específico, los jueces usan otras herramientas para resolverlo, como leyes parecidas (analogía), decisiones previas de tribunales (jurisprudencia), reglas básicas de justicia, las costumbres del lugar y lo que sea más justo para todos. Esto aplica cuando no hay una regla escrita exacta que cubra la situación.
Texto oficial
ARTÍCULO 19. Lo no previsto en esta ley o en sus disposiciones reglamentarias se regulará por la analogía, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y los de justicia social, la costumbre y la equidad. TITULO SEGUNDO De los Integrantes del Sistema Educativo Estatal CAPITULO I Generalidades
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.