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Artículo 23 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando esta ley diga "institución pública" para referirse a las personas que trabajan en el Subsistema Educativo Federalizado (que es parte del sistema de educación manejado por el gobierno federal), en realidad se refiere a una oficina llamada Servicios Educativos Integrados al Estado de México, o a cualquier otra oficina parecida donde esas personas estén trabajando. En pocas palabras, es una forma de decir "la dependencia del gobierno que te contrató" para entender bien a qué autoridad te debes dirigir.

Texto oficial

ARTÍCULO 23. Cuando en esta ley se enuncie el término institución pública, con respecto a los trabajadores del Subsistema Educativo Federalizado, se entenderá referido al organismo público descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México, o a cualquier otro organismo auxiliar en el que presten sus servicios. CAPITULO II De los Servidores Públicos del Subsistema Educativo Estatal

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.