Artículo 23 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando esta ley diga "institución pública" para referirse a las personas que trabajan en el Subsistema Educativo Federalizado (que es parte del sistema de educación manejado por el gobierno federal), en realidad se refiere a una oficina llamada Servicios Educativos Integrados al Estado de México, o a cualquier otra oficina parecida donde esas personas estén trabajando. En pocas palabras, es una forma de decir "la dependencia del gobierno que te contrató" para entender bien a qué autoridad te debes dirigir.
Texto oficial
ARTÍCULO 23. Cuando en esta ley se enuncie el término institución pública, con respecto a los trabajadores del Subsistema Educativo Federalizado, se entenderá referido al organismo público descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México, o a cualquier otro organismo auxiliar en el que presten sus servicios. CAPITULO II De los Servidores Públicos del Subsistema Educativo Estatal
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.