Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 240 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado del código, así que ya no tiene validez ni se aplica. Cuando una ley es "derogada", significa que fue cancelada o anulada por una ley posterior. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo, porque ya no existe legalmente.

Texto oficial

ARTÍCULO 240.- Derogado

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.