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Artículo 239 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez pidió documentos que están en poder de alguna autoridad (como una oficina de gobierno) y esa autoridad no los envió, el juez le va a ordenar que los mande en un plazo máximo de tres días. Si la autoridad no obedece, el juez puede usar medidas de presión para obligarla, como multas o incluso pedir ayuda de la fuerza pública.

Texto oficial

ARTÍCULO 239.- Cuando las pruebas sean documentos que se hayan solicitado a autoridades diversas y no se hubieran remitido, el Tribunal o la Sala las requerirán para que las envíen en un término no mayor de tres días, con el apercibimiento, de que se les aplicarán los medios de apremio que establece esta ley si no lo hacen. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” 23 de octubre de 1998. Última reforma POGG: 28 de abril de 2026. LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS 67

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

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