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Artículo 43 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay pleitos entre sindicatos o dentro de un mismo sindicato de maestros que trabajan para el sistema educativo federal, se van a resolver siguiendo las reglas de una ley especial para trabajadores del gobierno. Quien va a revisar y decidir sobre esos problemas es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que es como un juzgado laboral federal. En lugar de ir a juzgados comunes, los maestros tienen que llevar sus diferencias sindicales ante ese tribunal. Esto aplica solo para los trabajadores del Subsistema Educativo Federalizado, o sea, los maestros que dependen del gobierno federal.

Texto oficial

ARTÍCULO 43. Los conflictos inter o intrasindicales que se suscitaren entre los trabajadores del Subsistema Educativo Federalizado, se regularán conforme lo dispuesto por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, y el órgano competente para conocer y, en su caso, resolver sobre los mismos será el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.