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Artículo 45 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los empleados del gobierno empiezan a trabajar solo si tienen un nombramiento, un contrato o un formato llamado "Movimientos de Personal". Ese documento lo tiene que hacer y firmar la persona que tiene permiso legal para darlo. Sin ese papel, no pueden ponerse a chambear ni cobrar su sueldo.

Texto oficial

ARTÍCULO 45.-Los servidores públicos prestarán sus servicios mediante nombramiento, contrato o formato único de Movimientos de Personal expedidos por quien estuviere facultado legalmente para extenderlo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.