Artículo 45 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los empleados del gobierno empiezan a trabajar solo si tienen un nombramiento, un contrato o un formato llamado "Movimientos de Personal". Ese documento lo tiene que hacer y firmar la persona que tiene permiso legal para darlo. Sin ese papel, no pueden ponerse a chambear ni cobrar su sueldo.
Texto oficial
ARTÍCULO 45.-Los servidores públicos prestarán sus servicios mediante nombramiento, contrato o formato único de Movimientos de Personal expedidos por quien estuviere facultado legalmente para extenderlo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.