Artículo 6 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los trabajadores del gobierno se dividen en dos tipos: los generales (que hacen labores administrativas básicas) y los de confianza (como jefes o puestos especiales). Además, su contrato puede ser por un tiempo fijo (por ejemplo, para un proyecto específico), por una obra con fecha de terminación, o por tiempo indefinido (sin fecha de fin). Esto aplica tanto para trabajadores de planta como para los de confianza, según dure su relación laboral.
Texto oficial
ARTÍCULO 6. Los servidores públicos se clasifican en generales y de confianza, los cuales, de acuerdo con la duración de sus relaciones de trabajo pueden ser: por tiempo u obra determinados o por tiempo indeterminado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.