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Artículo 6 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores del gobierno se dividen en dos tipos: los generales (que hacen labores administrativas básicas) y los de confianza (como jefes o puestos especiales). Además, su contrato puede ser por un tiempo fijo (por ejemplo, para un proyecto específico), por una obra con fecha de terminación, o por tiempo indefinido (sin fecha de fin). Esto aplica tanto para trabajadores de planta como para los de confianza, según dure su relación laboral.

Texto oficial

ARTÍCULO 6. Los servidores públicos se clasifican en generales y de confianza, los cuales, de acuerdo con la duración de sus relaciones de trabajo pueden ser: por tiempo u obra determinados o por tiempo indeterminado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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