Artículo 7 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los "servidores públicos generales" son aquellos trabajadores del gobierno que hacen labores prácticas y operativas, como trabajos manuales, administrativos, técnicos o de oficina. Estas personas hacen las tareas que les encargan sus jefes o que vienen señaladas en los manuales de trabajo de la dependencia. No entran aquí los que tienen puestos de mayor responsabilidad, que se explican en el artículo siguiente. En pocas palabras, son los empleados públicos que realizan el trabajo del día a día.
Texto oficial
ARTÍCULO 7. Son servidores públicos generales los que prestan sus servicios en funciones operativas de carácter manual, material, administrativo, técnico, profesional o de apoyo, realizando tareas asignadas por sus superiores o determinadas en los manuales internos de procedimientos o guías de trabajo, no comprendidos dentro del siguiente artículo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.