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Artículo 7 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los "servidores públicos generales" son aquellos trabajadores del gobierno que hacen labores prácticas y operativas, como trabajos manuales, administrativos, técnicos o de oficina. Estas personas hacen las tareas que les encargan sus jefes o que vienen señaladas en los manuales de trabajo de la dependencia. No entran aquí los que tienen puestos de mayor responsabilidad, que se explican en el artículo siguiente. En pocas palabras, son los empleados públicos que realizan el trabajo del día a día.

Texto oficial

ARTÍCULO 7. Son servidores públicos generales los que prestan sus servicios en funciones operativas de carácter manual, material, administrativo, técnico, profesional o de apoyo, realizando tareas asignadas por sus superiores o determinadas en los manuales internos de procedimientos o guías de trabajo, no comprendidos dentro del siguiente artículo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.