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Ley
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Artículo
62

Artículo 62 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas como servidor público, por cada seis días que labores te toca uno de descanso completo y con tu sueldo íntegro. También, cuando sea posible, tu horario se puede ajustar para que descanses el sábado o en otra modalidad parecida, sin perder tu salario. Esto significa que tienes derecho a un día libre pagado por cada semana de trabajo.

Texto oficial

ARTÍCULO 62. Por cada seis días de trabajo el servidor público disfrutará de uno de descanso con goce de sueldo íntegro. Cuando proceda, se podrán distribuir las horas de trabajo, a fin de permitir a los servidores públicos el descanso del sábado o cualquier modalidad equivalente.

Ver texto oficial de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios (pág. 11) ↗

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