Artículo 75 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El sueldo base que te asignen al inicio no puede bajar por ningún motivo, ni siquiera si cambian las condiciones del trabajo. Eso que te dan como pago fijo cada semana o quincena está protegido por ley para que no te lo reduzcan. Si te lo bajan, están violando la norma y puedes reclamar.
Texto oficial
ARTÍCULO 75. El monto del sueldo base fijado en ningún caso podrá ser disminuido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.