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Artículo 75 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sueldo base que te asignen al inicio no puede bajar por ningún motivo, ni siquiera si cambian las condiciones del trabajo. Eso que te dan como pago fijo cada semana o quincena está protegido por ley para que no te lo reduzcan. Si te lo bajan, están violando la norma y puedes reclamar.

Texto oficial

ARTÍCULO 75. El monto del sueldo base fijado en ningún caso podrá ser disminuido.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.