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Ley
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Artículo
74

Artículo 74 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sueldo de los trabajadores del gobierno debe pagarse antes que cualquier otro gasto que tengan las oficinas públicas. Esto significa que, si una dependencia tiene que decidir entre pagar la nómina o pagar otra cosa, primero debe cubrir los salarios de sus empleados. Es una protección para que los servidores públicos siempre reciban su pago a tiempo.

Texto oficial

ARTÍCULO 74. El pago del sueldo de los servidores públicos será preferente a cualquier erogación que realicen las instituciones públicas o dependencias.

Ver texto oficial de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios (pág. 14) ↗

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