- Ley
- Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
- Artículo
- 83
Artículo 83 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El sueldo que te paga el gobierno por tu trabajo, ya seas empleado de una oficina pública o funcionario, no te lo pueden quitar por órdenes de un juez o de alguna autoridad administrativa. Esto quiere decir que, aunque tengas deudas, nadie puede obligar legalmente a que te descuenten tu salario para pagarlas. Es como si tu sueldo estuviera protegido por ley para que siempre puedas contar con él.
Texto oficial
ARTÍCULO 83. El sueldo de los servidores públicos no es susceptible de embargo judicial o administrativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.