Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y las empresas del Estado deben trabajar juntas para hacer planes de diferentes plazos: corto (como un año), mediano (unos años) y largo (varios años). Esos planes tienen que ir de la mano entre sí, y también con las metas que ya están en los planes de desarrollo del país. Estos planes van a guiar cómo trabaja el gobierno y servirá para armar el presupuesto, a menos que sean programas especiales que puedan durar más o menos tiempo.

Texto oficial

Artículo 30.- Las Dependencias y Entidades Públicas, participarán en la integración de programas sectoriales y regionales de corto, mediano y largo plazo congruentes entre sí y con las estrategias contenidas en los planes de desarrollo, que regirán las actividades de la administración pública y se considerarán para la conformación del presupuesto por programas, salvo el caso de programas especiales cuyo plazo de ejecución podrá ser distinto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.