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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley87/31
Ley
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno federal y el gobierno de tu estado, o solo el estado, hagan un programa para tu región, tienen la obligación de invitar a los municipios a participar en cómo se va a armar ese plan. Esto significa que los pueblos o ciudades afectadas pueden opinar desde el principio. Es una forma de asegurar que no ignoren a las autoridades locales.

Texto oficial

Artículo 31.- En el caso de los programas regionales que desarrollen conjuntamente los gobiernos federal y estatal, o solamente este último, se asegurara la participación de los municipios en su formulación.

Ver texto oficial de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios (pág. 12) ↗

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