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Ley
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Artículo
33

Artículo 33 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los programas regionales son planes que se enfocan en una zona específica del país, no en todo México. En estos programas se juntan y organizan las ideas de otros planes más generales, como los que tratan temas de salud, educación o economía. Así, todo lo que se propone en diferentes áreas debe coincidir y aplicarse de manera coordinada en esa región.

Texto oficial

Artículo 33.- Los programas regionales se distinguirán por su enfoque territorial y tendrán convergencia en ellos las propuestas de los diversos programas sectoriales y especiales.

Ver texto oficial de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios (pág. 13) ↗

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