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Artículo 34 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo básicamente dice que cada dependencia del gobierno (como educación o salud) tiene que hacer su propio plan de trabajo. Ese plan debe seguir lo que dice el plan general de desarrollo del país o del estado, y tiene que poner sus metas y objetivos bien claros. También debe definir qué es lo más importante que van a atender en su área. Todo esto sirve para que se pueda revisar después si realmente cumplieron con lo que prometieron.

Texto oficial

Artículo 34.- Los programas sectoriales se sujetarán a las estrategias contenidas en los planes de desarrollo y precisarán sus objetivos y metas, asimismo establecerán las prioridades que regirán el desempeño de las actividades del sector de que se trate. CAPITULO CUARTO DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

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