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Artículo 52 de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El arbitraje es un método para resolver problemas o pleitos, parecido a cuando un mediador ayuda a ponerse de acuerdo. Lo que busca es que las dos partes involucradas tengan el mayor trato justo posible. Este proceso se basa en reglas como que todo sea legal, sencillo, rápido, que la autoridad actúe por sí sola si es necesario, que sea eficaz, público, gratuito y de buena fe. Solo se puede iniciar si una de las partes lo solicita voluntariamente.

Texto oficial

Artículo 52.- El arbitraje tendrá como característica ser un procedimiento para la resolución de controversias que buscará proporcionar a las partes la mayor equidad posible y se regirá por los principios de legalidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe, e iniciará siempre a petición de parte. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de abril de 2002. Última reforma POGG: 29 de abril de 2024. LEY QUE REGULA EL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO EN EL ESTADO DE MÉXICO 15

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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