Artículo 106 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú, como persona o como parte de un grupo (como una asociación o empresa), ayudaste a que el deporte o la cultura física creciera, puedes recibir un reconocimiento del Instituto del Deporte. También podrías obtener un apoyo económico, pero solo si cumples con los requisitos que ellos pidan. Esto aplica tanto para personas como para organizaciones.
Texto oficial
Artículo 106.- Las personas físicas y jurídicas colectivas y las agrupaciones que hubieren contribuido al desarrollo de la cultura física y deporte podrán obtener reconocimiento por el Instituto, así como en su caso, estímulos económicos, previo cumplimiento de los requisitos que para tal efecto se establezcan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.