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Artículo 79 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto, junto con las Asociaciones Deportivas, se va a encargar de que haya entrenadores, maestros y personal capacitado para enseñar y practicar deportes y cultura física. Esto incluye dar cursos, actualizaciones y certificados oficiales. Para lograrlo, va a poner reglas claras sobre cómo obtener esos reconocimientos, siguiendo lo que ya dice la Ley General de Educación. En otras palabras, van a trabajar en equipo para que quienes enseñan deportes estén bien preparados y tengan un título válido.

Texto oficial

Artículo 79.- El Instituto promoverá y gestionará conjuntamente con las Asociaciones Deportivas la formación, capacitación, actualización y certificación de recursos humanos para la enseñanza y práctica de actividades de cultura física deportiva y sus deportes. Para tal efecto, emitirá los lineamientos necesarios en los que se determine el procedimiento de acreditación establecido en la Ley General de Educación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.