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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley89/82
Ley
Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Artículo
82

Artículo 82 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un deportista del Estado de México, tienes derecho a recibir atención médica. El gobierno del estado y los municipios se encargarán de hacer acuerdos con hospitales públicos o privados para que puedas ser atendido. Esos acuerdos tendrán ciertos límites y condiciones que se establecerán después. En pocas palabras, la ley busca que los deportistas tengan acceso a servicios de salud, aunque faltan los detalles de cómo se va a lograr.

Texto oficial

Artículo 82.- Los deportistas mexiquenses tendrán derecho a recibir atención médica, las autoridades Estatales y municipales promoverán los mecanismos y límites de concertación con las instituciones públicas o privadas para la atención de los mismos.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México (pág. 22) ↗

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