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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley90/81
Ley
Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
Artículo
81

Artículo 81 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación va a crear programas especiales para que los jóvenes indígenas hagan más deporte. También se encargará de cuidar y mantener vivos los deportes que son tradición de sus pueblos. Estos programas buscarán que los chavos tengan más oportunidades de practicar actividad física. Además, se asegurarán de que los juegos y competencias que vienen de sus antepasados no se pierdan.

Texto oficial

Artículo 81.- La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación establecerá programas específicos para promover el desarrollo y práctica del deporte entre la juventud indígena, así como la preservación de los deportes tradicionales de los pueblos.

Ver texto oficial de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México (pág. 16) ↗

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