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Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero y los bienes que tiene el Instituto vienen de cuatro fuentes. Primero, lo que el Gobierno del Estado le asigne, como terrenos o edificios. Segundo, lo que cobre por los servicios que ofrece. Tercero, lo que reciba como donaciones, apoyos o transferencias de otros gobiernos o de cualquier persona. Cuarto, las ganancias que genere por sus inversiones, rentas o cualquier otra actividad legal.

Texto oficial

Artículo 13.- El patrimonio del Instituto estará constituido por: I. Los bienes que le sean asignados por el Gobierno del Estado; II. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste en ejercicio de sus atribuciones y en el cumplimiento de su objeto; III. Las transferencias, los subsidios, las donaciones y las aportaciones que le hagan los gobiernos federal, estatal y municipales, y en general, cualquier persona física o jurídica colectiva; IV. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimientos de bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal o provenga de sus actividades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.