Artículo 7 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Vivienda Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Directivo es el grupo que toma las decisiones más importantes del Instituto. Entre sus funciones están: aprobar las reglas internas del Instituto, decidir cómo se hacen los contratos con otras personas o empresas, y aceptar herencias o donaciones. También puede crear o eliminar grupos de trabajo internos, aprobar los programas y el presupuesto anual, y revisar los gastos e ingresos con ayuda de un auditor externo. Además, revisa el informe de actividades que presenta el director y autoriza si puede prestar dinero o ceder parte de su autoridad a sus subordinados.
Texto oficial
Artículo 7.- El Consejo Directivo tendrá las atribuciones siguientes: I. Aprobar el reglamento interior y demás disposiciones jurídicas del Instituto que rijan la organización y el funcionamiento de éste; II. Establecer las políticas y lineamientos generales del Instituto; III. Establecer las políticas y bases generales que regulen los convenios, contratos o acuerdos que celebre el Instituto con terceros. de acuerdo con la normatividad en la materia; IV. Aceptar las herencias. donaciones, legados y demás bienes que se otorguen a favor del Instituto; V. Autorizar la creación o extinción de comités o grupos de trabajo internos del Instituto; VI. Aprobar los programas del Instituto y sus modificaciones; VII. Aprobar los anteproyectos del presupuesto anual de ingresos y egresos del Instituto, enviándose al Gobernador del Estado; VIII. Conocer y, en su caso, aprobar los estados financieros y balance anual del Instituto, previo dictamen del auditor externo; IX. Atender y, en su caso, aprobar el informe anual de actividades del Director General del Instituto. X. Aprobar la delegación de facultades del Director General en subalternos; XI. Aprobar la contratación de créditos; XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales. CAPITULO CUARTO ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.