Artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Órgano Superior (que es la entidad que revisa el dinero público) usará la "Comisión" (un grupo de personas encargadas de llevar el mensaje) para informarle al Congreso sobre las irregularidades que encontró en cuentas del gobierno, como faltantes o malos manejos. También les contará si ya se abrieron investigaciones o juicios para castigar a los responsables o ponerles multas. Todo esto lo incluirá en un informe final de los resultados de su revisión. En pocas palabras, es un reporte oficial que dice "esto estuvo mal, y ya se está haciendo algo al respecto".
Texto oficial
Artículo 52. El Órgano Superior en el informe de resultados, dará cuenta por medio de la Comisión, a la Legislatura de los pliegos de las observaciones que hubiere formulado, así como de los procedimientos que las autoridades competentes hubieren iniciado para el fincamiento de responsabilidades y la imposición de sanciones. CAPÍTULO QUINTO DE LAS ACCIONES Y RECOMENDACIONES DERIVADAS DE LA FISCALIZACIÓN
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.