Artículo 69 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pides una revisión de un acto o resolución legal (llamada "recurso de revisión"), puedes pedir que se detengan sus efectos mientras se resuelve. Para eso, necesitas dos cosas: primero, tú como persona que pide la revisión debes solicitar esa suspensión y además dar una garantía (como un depósito) que cubra el monto del asunto. Segundo, esa suspensión no debe causar daño a la sociedad ni ir en contra de las leyes de orden público. Si no cumples con ambos requisitos, el acto o resolución sigue su curso normal.
Texto oficial
Artículo 69. Con la interposición del recurso de revisión podrán suspenderse los actos o resoluciones impugnados, siempre que: I. Lo solicite el recurrente y éste garantice, por cualquier medio, el monto correspondiente. II. Con la suspensión no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.