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Artículo 10 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si formas una organización de productores (como un grupo de agricultores o artesanos), tienes que registrarla en la Secretaría para que sea legal. Para eso, necesitas presentar una solicitud por escrito y adjuntar estos papeles: la invitación a la junta donde se creó el grupo, el acta que muestra cómo se formó, los estatutos (las reglas del grupo) y una copia de la identificación oficial de cada socio. La invitación y los estatutos los entregas en original y copia para que los revisen; de las identificaciones solo piden copia simple.

Texto oficial

Artículo 10.- Las organizaciones de productores a que se refiere el artículo que antecede, deberán obtener su registro en la Secretaría, a efecto de contar con personalidad jurídica, para tal fin deberán cumplir los requisitos siguientes: I. Presentar solicitud por escrito a la Secretaría. II. Adjuntar a la solicitud los documentos que a continuación se indican: a) Convocatorias o invitaciones a la asamblea constitutiva. b) Acta constitutiva. c) Estatutos. d) Identificación oficial con fotografía de los asociados. Los documentos listados en los incisos a) y c) deberán presentarse en original y copia para su cotejo. En el caso del señalado en el inciso d), sólo bastará copia simple.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.