Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 48 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a apoyar la construcción de obras y la compra de equipo para que puedas usar los recursos naturales sin dañarlos. Esto te ayudará a diversificar tu actividad, como la agricultura, la pesca, la cría de abejas, el cultivo de agave o una industria, siempre siguiendo las reglas. En pocas palabras, buscan que tengas más opciones de trabajo o producción sin acabar con lo que tienes. Todo eso debe hacerse respetando las leyes aplicables.

Texto oficial

Artículo 48. La Secretaría impulsará obras de infraestructura y equipamiento para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que permitan la diversificación de la actividad agropecuaria, acuícola, apícola, el agave e industrial con apego a la normatividad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.