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Ley
Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Artículo
54

Artículo 54 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las leyes de desarrollo rural del estado dicen que los programas de ayuda para el campo deben basarse en un plan de trabajo o negocio (proyecto productivo). Ese plan tiene que darle prioridad a la participación de las mujeres, los jóvenes y los grupos indígenas que viven en zonas marginadas del estado. Pueden participar ya sea juntos en grupo o cada quien por su cuenta.

Texto oficial

Artículo 54.- Los programas de desarrollo rural preferentemente deberán estar sustentados en un proyecto productivo que considere en forma primordial la participación de las mujeres, jóvenes y grupos étnicos que habitan en las zonas marginadas de la entidad, ya sea de manera organizada o en lo individual.

Ver texto oficial del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México (pág. 20) ↗

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