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Artículo 59 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede juntarse con el gobierno federal, estatal, municipal y con grupos de apoyo para echar a andar proyectos importantes que ayuden a crecer la agricultura, la cría de animales acuáticos, la apicultura y el cultivo del agave en el estado. Esto lo hacen con tres propósitos: primero, poner reglas, revisar que se cumplan, dar certificados y sellos de calidad. Segundo, ajustar y mejorar los servicios de salud para animales y plantas. Y tercero, asegurarse de que los alimentos sean seguros y de buena calidad para comer.

Texto oficial

Artículo 59. La Secretaría podrá coordinarse con las instancias federales, estatales, municipales y organismos auxiliares para potenciar el desarrollo agropecuario, acuícola, apícola y del agave en el Estado, a través de proyectos estratégicos, teniendo como objetivos: a) La aplicación de normalización, verificación, certificación y sellos de calidad. b) La adecuación y mejora a las instancias sanitarias. c) El procurar la inocuidad y calidad alimentaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.