Artículo 18 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que cuando separes tu basura, puedes dividirla en tres grupos. El primer grupo son los reciclables limpios y secos, como latas, botellas o papel que no estén sucios ni mojados. El segundo son los orgánicos, que son restos de comida, cáscaras, hojas o recortes de jardín que se descomponen solos. El tercero son los sucios, tóxicos y sanitarios, como pañales, toallas sanitarias, residuos con químicos o basura muy sucia que es difícil de manejar. Así que, en pocas palabras, separa lo que se puede reciclar limpio, lo que se echa a perder naturalmente y lo que está muy sucio o es peligroso.
Texto oficial
Artículo 18. Los sistemas de separación de residuos sólidos urbanos y de manejo especial podrán realizarla en tres diferentes categorías: I. Reciclables limpios y secos: Todos aquellos materiales de desecho que se pueden guardar limpios y secos, sin importar de que material sean. II. Orgánicos: Desechos biodegradables derivados de la preparación y consumo de alimentos y del mantenimiento de jardines, áreas verdes, corrales y huertas. III. Sucios, Tóxicos y Sanitarios: Desechos difíciles de manejar por estar sucios, ser tóxicos o provenir de sanitarios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.