Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es una ley que aplica en todo el Estado de México y todos debemos cumplirla. Su objetivo es establecer las reglas para manejar la basura común de las casas y negocios, así como los residuos especiales que requieren cuidado extra, como pilas o escombros. Básicamente, busca que sepamos cómo tirar, separar y tratar la basura para no dañar el medio ambiente ni la salud de las personas. Tiene prioridad sobre cualquier interés particular, porque beneficia a la comunidad en general.
- Art. 2El Ejecutivo del Estado, o sea el gobernador, es el encargado de poner en marcha este reglamento, pero lo hace por medio de la Secretaría del Medio Ambiente, que es como su equipo especializado en asuntos ecológicos. En pocas palabras, tú, como ciudadano, debes saber que cualquier trámite o revisión relacionada con este reglamento la maneja esa dependencia.
- Art. 3Este artículo define las palabras clave que se usan en este reglamento. Por ejemplo, "almacenamiento" es guardar la basura por un tiempo mientras decides qué hacer con ella. "Disposición final" significa tirar los residuos para siempre en un lugar seguro que no contamine el ambiente ni te enferme. "Reciclado" es transformar la basura para darle un nuevo uso y evitar desperdiciarla. También aclara que se aplican las definiciones de otras leyes, como la Ley General del Equilibrio Ecológico, siempre y cuando no contradigan lo que dice esta norma.
- Art. 4Este artículo dice que la Secretaría es la encargada de muchas cosas relacionadas con la basura. Puede crear reglas técnicas para manejar la basura, decidir qué tipos de residuos son especiales y publicar listas actualizadas de ellos. También supervisa cómo se maneja la basura que se genera en fábricas, servicios o cualquier proceso, y da permiso para construir o operar lugares donde se guarde, recicle o tire la basura (como rellenos sanitarios). Además, tiene que vigilar que no se contamine el suelo y colaborar con los municipios para educar a la gente sobre cómo reducir, reusar y reciclar los desechos.
- Art. 5Los municipios son los responsables de barrer las calles, juntar la basura y llevarla a donde se debe. Para hacer este trabajo, usan su propia gente y sus propios camiones o herramientas. No le pueden pedir a otra empresa o persona que lo haga por ellos. Esto significa que si ves que no se barre tu calle, es obligación del municipio de tu localidad resolverlo.
- Art. 6Este artículo dice que si generas residuos sólidos especiales (como llantas, escombros o electrónicos), tú o la persona que contrates deben llevarlos en un vehículo adecuado hasta un relleno sanitario que tenga permiso del gobierno. No los puedes tirar en cualquier lado ni dejarlos en la calle. El punto es que estos desechos necesitan un trato aparte para no dañar el ambiente.
- Art. 7Si eres dueño o encargado de una tienda, bodega, negocio o cualquier establecimiento donde carguen o descarguen mercancía para vender o consumir, y ensucias la calle, tienes que poner botes de basura y limpiar el lugar al instante. Esto aplica desde que termines de mover los productos. La idea es que no dejes basura tirada en la vía pública.
- Art. 8Si generas, transportas o tiras residuos peligrosos (como químicos, baterías o aceites usados), tienes la obligación de avisarle a la PROFEPA, a la Secretaría de Medio Ambiente y a las autoridades de tu municipio. Debes darles el aviso para que ellos puedan tomar medidas y prevenir accidentes o desastres. En pocas palabras, no puedes manejar residuos peligrosos a escondidas; tienes que reportarlo a las autoridades correspondientes.
- Art. 9Siempre que hagas trabajos especiales como limpiar drenajes, hacer perforaciones o algo parecido, el responsable de generar esos desechos debe asegurarse de que se manejen bien. Tienes la obligación de tratarlos o guardarlos de forma segura para cumplir con las reglas federales y estatales. Básicamente, si generas basura o residuos en estas situaciones, tú eres el encargado de que no causen problemas.
- Art. 10Si eres dueño de una construcción o el contratista que la está haciendo, tienes la obligación de no dejar que se acumulen los escombros o basura en la calle por más de 24 horas. Las autoridades pueden darte menos tiempo para recogerlos o, si lo ven necesario, pueden ampliar ese plazo. En pocas palabras, no puedes tener desperdicios de obra tirados en la vía pública por más de un día.
- Art. 11Este artículo prohíbe que tires basura de tu casa o del camión recolector en lotes baldíos, barrancas o en cualquier lugar que no esté permitido. Esa basura, que junta el municipio, solo la puedes llevar a un relleno sanitario oficial que tenga permiso de la autoridad. Si no hay un relleno autorizado cerca no te inventes un tiradero por tu cuenta; la idea es evitar que se formen basureros clandestinos que contaminen el suelo o el agua.
- Art. 12Este artículo prohíbe que en tu estado se tiren o acumulen basura o desechos que vengan de otro estado de la república, de la Ciudad de México o de cualquier otro país. La idea es que cada lugar se encargue de su propia basura sin echarle la culpa o el problema a los vecinos. Si alguien intenta traer residuos de fuera para dejarlos aquí, está cometiendo una falta grave. Básicamente, no se vale usar tu estado como basurero ajeno.
- Art. 13El camión de la basura municipal no puede recoger desechos peligrosos o que pudieran ser un riesgo, como residuos de hospitales o clínicas (llamados biomédicos o patógenos). Tampoco puede llevar desechos especiales si son tantos que el municipio no tiene capacidad para manejarlos. Si generas este tipo de basura, tienes la obligación de contratar a una empresa privada que esté autorizada por la Semarnat o la Secretaría de Salud. Esa empresa debe tener permiso para manejar esos residuos de forma segura y especializada.
- Art. 14El artículo dice que si tienes residuos peligrosos o que podrían serlo (como químicos, pilas, aceites usados), debes manejarlos siguiendo las reglas de una ley especial llamada Ley General para la Gestión Integral de los Residuos. Esa ley explica cómo almacenarlos, transportarlos y desecharlos sin dañar la salud o el ambiente. En pocas palabras, no puedes hacer lo que quieras con estos desechos, tienes que cumplir con lo que marca esa norma.
- Art. 15Si produces residuos peligrosos o que podrían serlo, tienes la obligación de reportar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) cómo manejas, recolectas, almacenas, tratas o destruyes esos desechos. También debes informar a la Secretaría del Medio Ambiente cada vez que muevas esos residuos de un lugar a otro. Esto se hace para que el gobierno lleve un registro y sepa cuánta basura peligrosa se genera en el país. En pocas palabras, si trabajas con materiales peligrosos, tienes que dar aviso a las autoridades de todo lo que haces con ellos.
- Art. 16Si generas basura especial, como la que sale de una fábrica o de actividades del campo, estás obligado a tirarla en un relleno sanitario que esté autorizado por el gobierno. Antes de hacerlo, tienes que pagar las tarifas que te cobren por ese servicio. No puedes llevarla a cualquier lugar, solo a los sitios oficiales que apruebe la Secretaría.
- Art. 17El artículo 17 dice que la autoridad municipal debe seguir lo que marcan otras reglas (los artículos 4.62 y 4.78 del mismo Código) para reducir la basura en el municipio. Esto significa que debe tomar en cuenta dos cosas: cuánta basura se genera y qué tan dañina o tóxica es. Para lograrlo, el gobierno local tiene que crear programas que disminuyan tanto la cantidad de residuos sólidos urbanos (como la basura de tu casa) como la de los residuos de manejo especial (como llantas o pilas). En pocas palabras, busca que haya menos basura y que la que se genere sea menos peligrosa.
- Art. 18El artículo 18 dice que cuando separes tu basura, puedes dividirla en tres grupos. El primer grupo son los reciclables limpios y secos, como latas, botellas o papel que no estén sucios ni mojados. El segundo son los orgánicos, que son restos de comida, cáscaras, hojas o recortes de jardín que se descomponen solos. El tercero son los sucios, tóxicos y sanitarios, como pañales, toallas sanitarias, residuos con químicos o basura muy sucia que es difícil de manejar. Así que, en pocas palabras, separa lo que se puede reciclar limpio, lo que se echa a perder naturalmente y lo que está muy sucio o es peligroso.
- Art. 19Este artículo dice que antes de echar a andar un programa de reciclaje, hay que hacer una planeación bien detallada. Primero, debes elegir un lugar adecuado para el centro de reciclaje y cumplir con lo que pida la Secretaría en sus reglas. También tienes que calcular cuánta basura se genera ahora y se generará después, y de qué está hecha, para saber cuánto se puede reciclar. Es necesario estudiar el mercado de los materiales reciclables, a quién se los puedes vender y cuánto cuesta transportarlos. Además, debes evaluar diferentes métodos de reciclaje según las necesidades de tu comunidad, considerando cuánto material se puede recuperar y los costos del programa. Por último, hay que capacitar al personal para que sepa separar los diferentes tipos de residuos, y hacer un plan de operaciones diarias que incluya desde la educación pública hasta los gastos de transporte y administración.
- Art. 20Para que puedas meter basura doméstica (residuos sólidos urbanos) o de negocios (de manejo especial) en una planta de selección, el chofer del camión debe mostrarle al encargado su permiso oficial como transportista de basura, que emite la Secretaría. También tiene que entregar los papeles que comprueben de dónde viene esa basura y que no es peligrosa (como químicos o residuos tóxicos). Sin esos documentos, no te van a dejar entrar los residuos a la planta.
- Art. 21Para que sea más fácil separar los materiales que se pueden reciclar (como plástico o vidrio), las plantas de selección pueden hacer una clasificación más detallada, siempre y cuando sigan lo que diga la norma técnica estatal que publique la Secretaría. Eso está basado en el artículo 4.80 del Código correspondiente. En pocas palabras, las reglas para separar la basura reciclable las pone el gobierno estatal.
- Art. 22Si contaminas el suelo, el agua subterránea o cualquier recurso natural por cualquier motivo, tienes la obligación de reparar el daño, como lo indica otra parte de la ley. Además, si vendes o transfieres a alguien un terreno que esté contaminado con basura doméstica o residuos especiales, debes avisarle a la persona que lo va a recibir. Ese aviso tiene que escribirse en el contrato donde se haga oficial la venta o cesión del terreno.
- Art. 23Si alguien compra o vende un terreno o propiedad que está contaminado con basura común o residuos especiales, necesita pedir permiso a la Secretaría de Medio Ambiente. Para tramitarlo, debe llenar un formato oficial con datos como el nombre de quien vende y quien compra, la dirección exacta del terreno y quién se hará responsable de limpiar la contaminación. Además, el comprador tiene que entregar una carta donde acepte que ya sabía que el lugar estaba contaminado. Ese permiso no impide que se haga la venta, solo sirve para aclarar quién debe pagar y hacer la limpieza del terreno, como lo marca el código correspondiente.
- Art. 24Si vendes un terreno o propiedad que está contaminado, y en el contrato no se dice quién debe limpiarlo, la responsabilidad de hacer esa limpieza es del vendedor (la persona que transfiere el terreno). Esto aplica tanto si la limpieza se hace antes de la venta como después. Además, en el contrato de venta debe aparecer una declaración del vendedor sobre si el sitio está contaminado.
- Art. 25Si se te derrama o se sale un material no peligroso o basura normal (como residuos de tu casa o negocio) en una cantidad menor a un metro cúbico, tú, como responsable, tienes que actuar de inmediato para evitar que se esparza, recogerlo y limpiar el lugar. Además, debes anotar lo ocurrido en tu bitácora. Todo esto debe estar previsto en tu plan de emergencias ambientales. Esta regla no aplica si el derrame ocurre durante el transporte de esos materiales.
- Art. 26Si por un accidente o algo que no se pudo evitar (como una tormenta o una falla inesperada) se derrama, se filtra o se tira una cantidad grande de basura común o residuos especiales, la persona o empresa responsable debe hacer esto de inmediato: primero, contener la basura derramada para que no se esparza más y limpiar el lugar. Segundo, avisar al momento a la Profepa (Procuraduría) y a otras autoridades que ocurrió el accidente. Tercero, cumplir con todo lo que las autoridades les ordenen. Y cuarto, si es necesario, empezar a revisar qué tan contaminado quedó el sitio y realizar la limpieza profunda que se requiera.
- Art. 27Cuando tienes un accidente con materiales o residuos que no son peligrosos, debes avisar a las autoridades en un plazo máximo de 3 días hábiles después de que ocurrió. En ese aviso tienes que incluir tu nombre y dirección, o los datos del negocio que generó el problema, junto con su número de registro. También debes decir exactamente dónde fue el accidente, qué lo causó, qué tipo y cantidad de material se derramó o filtró, y qué medidas tomaste para controlarlo.
- Art. 28Este artículo habla de cuándo se deben hacer planes para limpiar un lugar contaminado. Se tiene que hacer un programa de limpieza cuando ocurre una emergencia o cuando ya hay un "pasivo ambiental", que es un sitio que se contaminó antes y nunca se limpió como se debía. Una "emergencia" es cuando algo malo pasa de repente, como un incendio o un derrame de basura que no se pudo controlar, y que al instante pone en riesgo la salud de las personas o el medio ambiente. Un "pasivo ambiental" es un lugar que se contaminó con basura urbana o residuos especiales, y no se atendió a tiempo para evitar que los contaminantes se esparcieran, por lo que todavía hay obligación de limpiarlo. Esto también incluye contaminación que venga de una emergencia que haya dañado el medio ambiente.
- Art. 29Si necesitas limpiar un terreno o lugar que está contaminado, tú mismo puedes proponer cómo hacerlo. Para eso, debes basarte en las reglas oficiales mexicanas que ya existen, o si no hay reglas específicas, usar los resultados de un estudio de riesgo ambiental que indiquen hasta qué nivel hay que limpiar. En pocas palabras, tú decides las acciones de limpieza siempre que sigan lo que marcan las leyes o el estudio técnico.
- Art. 30Para limpiar un lugar que está contaminado, se necesita un plan que incluya cuatro cosas: estudios para entender el tipo de contaminación, una evaluación del daño al ambiente, una investigación de lo que pasó antes en ese sitio, y las propuestas para arreglarlo. Este plan se hace con base en los estudios del suelo y, si aplica, en el riesgo que corre el ambiente. También se toma en cuenta la historia del lugar, como qué actividades causaron el daño, quiénes lo poseían antes y cómo se contaminaron el suelo, el subsuelo o el agua. Todo esto sirve para saber exactamente qué pasó y cómo limpiarlo.
- Art. 31Cuando ocurre una emergencia ambiental (como un derrame de basura o residuos no peligrosos), el plan para limpiar el lugar debe incluir información básica: quién causó la contaminación, a qué se dedica, quién será el técnico encargado de la limpieza, dónde y cuándo pasó la emergencia, y los resultados de los estudios del suelo. Además, se deben presentar mapas detallados del lugar con coordenadas, fotos, un documento que pruebe cómo se manejaron las muestras, planos de cómo se movió el contaminante, el estudio completo y una propuesta para remediar el daño. Todos estos documentos se pueden entregar a la autoridad mientras se realiza la limpieza, sin tener que esperar a terminar todo.
- Art. 32Cuando haya un pasivo ambiental (un lugar contaminado por actividades humanas), quienes lo limpien deben entregar un plan de remediación. Ese plan debe incluir los documentos que ya pide el artículo anterior, más estos tres: 1. Mapas del sitio que muestren dónde están los residuos peligrosos y no peligrosos, además de las entradas y caminos para llegar. 2. Mapas con coordenadas precisas que señalen las áreas con más contaminación de la permitida por las leyes mexicanas, o las que se identificaron con un estudio de riesgo. 3. Si se hizo, un estudio completo de evaluación del riesgo ambiental (que analiza qué tanto daño puede causar la contaminación a la gente o al entorno).
- Art. 33Si eres el responsable de un daño ambiental, puedes hacer tú mismo los estudios y los programas de limpieza, o puedes contratar a un experto técnico para que lo haga por ti. Ese experto puede ser una universidad especializada, una empresa autorizada para tratar suelos contaminados, o cualquier otra persona que demuestre que tiene los estudios y la experiencia en limpieza de sitios contaminados. Si eliges a una universidad o a otra persona (no una empresa autorizada), tienes que contratar un seguro o una garantía que cubra cualquier daño que pueda ocurrir durante la limpieza.
- Art. 34Este artículo dice que para estudiar un terreno contaminado, se debe hacer un informe que incluya seis cosas: primero, dónde está el lugar, cómo es, para qué se usa y si hay lagos o ríos cerca, además de si se le avisó a la autoridad del agua sobre algún daño. Segundo, qué tipo de contaminante se liberó y más o menos cuánto. Tercero, cuánta superficie y volumen de suelo está dañado. Cuarto, cómo se van a tomar las muestras, siguiendo las reglas oficiales mexicanas. Quinto, los resultados de los análisis de las muestras de suelo, incluyendo pruebas químicas, físicas, biológicas y mecánicas, mostrando los valores en la superficie o a diferentes profundidades. Sexto, fotos de todo el trabajo realizado. Si no hay un laboratorio autorizado para hacer esos análisis, el responsable de limpiar el terreno puede elegir otro laboratorio, siguiendo la ley federal correspondiente.
- Art. 35Cuando se trata de pasivos ambientales (es decir, lugares contaminados que pueden ser peligrosos), el estudio que los analiza debe incluir información extra. Primero, tienes que explicar cómo vas a hacer las pruebas de campo y de laboratorio para cada tipo de contaminante. Luego, hay que describir cómo es el suelo, el agua subterránea y las condiciones del terreno, con base en las muestras que ya tomaste. También debes tomar en cuenta el clima y los factores físicos que afectan cómo se mueven los contaminantes. Por último, tienes que determinar con los resultados cómo están repartidos los contaminantes en el suelo, el subsuelo y los mantos acuíferos (capas de agua que están bajo tierra).
- Art. 36El artículo 36 dice que los estudios de riesgo ambiental sirven para saber si la contaminación que ya hay en un lugar es peligrosa para el ambiente y para tu salud. También ayudan a decidir hasta qué nivel se debe limpiar ese lugar, dependiendo del riesgo que sea aceptable para las personas y el entorno. En otras palabras, se usa para calcular si un terreno contaminado te puede hacer daño y cuánto hay que descontaminarlo para que sea seguro.
- Art. 37Para hacer un estudio de riesgo ambiental, primero debes identificar bien el problema con base en información histórica y estudios previos del lugar. Luego, defines cuáles son los contaminantes clave que pueden dañar los ecosistemas o los recursos que quieres proteger, y cómo se mueven en el suelo o afectan a organismos como plantas, animales o cultivos. También tienes que señalar por dónde y cómo las personas o los seres vivos pueden estar expuestos a esos contaminantes (por ejemplo, por el aire o el agua), y clasificar esas rutas según el peligro que representan. Todo esto se usa para calcular el riesgo, explicando las suposiciones y dudas que haya en los cálculos, y al final se presenta un dibujo o gráfica que resuma todo el proceso.
- Art. 38Cuando la contaminación afecta a las personas, los estudios para medir el riesgo deben incluir lo siguiente: identificar qué grupos de personas están expuestos, especialmente los más vulnerables (como niños o adultos mayores). También hay que calcular las dosis de químicos que pueden causar cáncer u otros daños, y medir cuánto contaminante termina entrando al cuerpo de esos grupos vulnerables por diferentes vías (como respirar o tomar agua). Además, se debe describir los posibles efectos negativos a la salud y al ambiente, y con eso definir cuánto hay que limpiar el lugar contaminado. Para hacer estos cálculos, se pueden usar datos toxicológicos reconocidos mundialmente.
- Art. 39Cuando se presente un plan para limpiar un terreno contaminado (ya sea por una emergencia o por dejar residuos desde antes), ese plan debe incluir varias cosas. Primero, hay que decir qué métodos y técnicas se van a usar para la limpieza, y cómo van a tomar muestras del suelo o agua para revisar. También deben aparecer los datos de las personas expertas encargadas de hacer la remediación. Además, se tiene que describir el equipo que se usará, sus instrucciones de control, las hojas de seguridad de los materiales y un comprobante de que los microorganismos (si se usan) no son dañinos. El plan debe señalar los límites máximos de contaminación permitidos por las normas oficiales o los niveles específicos que se quieren alcanzar según un estudio de riesgo, y explicar las acciones para lograrlos. Por último, debe incluir un calendario de actividades, el uso que se le dará al terreno después de limpiarlo, y planes para sacar todo tipo de residuos (basura, escombros o desechos peligrosos) y para darle seguimiento a las personas o animales que podrían verse afectados, en caso de que la contaminación sea de antes.
- Art. 40La Secretaría tiene hasta 60 días hábiles para revisar y dar el visto bueno a tu plan de limpieza del suelo. Si faltan papeles, te avisarán una sola vez durante los primeros 20 días para que los entregues, y tienes otros 20 días para presentarlos. Si no los entregas a tiempo, tu trámite se cancela. Si sí los entregas, la Secretaría continúa contando los días para darte una respuesta. Si luego piden más documentos, el reloj se pausa hasta que los mandes.
- Art. 41Si un plan para limpiar un lugar contaminado dice que la gente podría verse afectada, la autoridad ambiental debe mandar ese plan a la Secretaría de Salud en máximo 10 días hábiles. La Secretaría de Salud tiene 20 días hábiles para dar su opinión técnica en casos de emergencia. Si se trata de pasivos ambientales (contaminación vieja que ya no se atiende), la Secretaría de Salud tiene 30 días hábiles para opinar después de recibir el plan. Esa opinión solo va a hablar de cómo la contaminación afecta a las personas.
- Art. 42Si hay una emergencia, la Secretaría revisará el plan para solucionar el problema y deberá dar una respuesta en un plazo de 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos).
- Art. 43Este artículo dice que, en una emergencia, si los encargados de limpiar un terreno contaminado contratan a una empresa autorizada para hacer el trabajo, el gobierno tiene 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para revisar y aprobar el plan de limpieza.
- Art. 44Cuando hay una emergencia y se tienen que controlar materiales no peligrosos o basura especial, hay cosas que no están permitidas. No puedes lavar el suelo con agua a presión si no tienes sistemas para atrapar los líquidos que escurren (lixiviados). Tampoco puedes mezclar tierra contaminada con tierra limpia solo para que se vea menos sucia. No puedes sacar tierra contaminada o basura sin controlar el polvo que se levanta. Y está prohibido echar químicos oxidantes en el lugar para tratar de limpiar el suelo.
- Art. 45Este artículo explica cómo se deben limpiar los terrenos contaminados. Si se saca la tierra sucia para tratarla, se debe guardar en lugares donde no se filtre la contaminación a otros suelos. Si se limpia en el mismo lugar, hay que instalar un sistema para recolectar los líquidos contaminados que escurran, y no se pueden usar químicos que pasen la contaminación de la tierra al agua o al aire. Si el proceso suelta vapores o polvos, también hay que controlarlos con sistemas especiales, y no pueden pasarse de los límites permitidos por las normas oficiales. Al final, la tierra ya limpia se puede poner en otro sitio si el gobierno y el responsable están de acuerdo, y si se rellenó el hueco que quedó, se debe tapar con tierra similar a la de la zona.
- Art. 46Cuando estén limpiando un sitio contaminado, deben checar seguido cómo va el proceso. Para eso, las pruebas que tomen deben ser justas y basadas en el plan de limpieza que ya se propuso. Si la limpieza se hace en otro lado, también hay que hacer pruebas según ese mismo plan. Al final, se hace una prueba definitiva para ver si ya se cumplieron los límites que marcan las leyes o los que se calcularon con un estudio de riesgo. Esa prueba final la deben hacer laboratorios con permiso oficial.
- Art. 47Cuando termines de limpiar un terreno contaminado, debes avisar por escrito a la Secretaría y entregar los resultados de las pruebas finales que demuestren que ya quedó limpio. También tienes que pedir que borren una nota que hay en el registro de propiedades sobre ese terreno. La Secretaría revisará que esos resultados cumplan con lo que dicen las normas oficiales o con lo que tú propusiste al inicio de la limpieza. Si todo está bien, en 45 días hábiles te dirá por escrito que sí se logró limpiar el sitio y pedirá que se cancele la anotación en el registro de propiedades. Eso sí, si tus pruebas resultan falsas o están mal hechas y el terreno sigue contaminado, las autoridades locales no serán responsables, solo tú.
- Art. 48La Secretaría de Medio Ambiente y las autoridades locales del Estado de México pueden ponerse de acuerdo para diseñar y llevar a cabo los planes de limpieza o reparación de un lugar contaminado. Para trabajar juntos, pueden firmar un convenio donde cada quien diga qué va a hacer y qué recursos (dinero, personal, materiales) va a poner. Ese plan de remediación se agrega al convenio y las autoridades locales lo anotan en el registro de la propiedad para que quede por escrito.
- Art. 49Este artículo dice que la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) puede decidir que la Federación (el gobierno federal) intervenga para limpiar un terreno abandonado que esté contaminado con residuos peligrosos. Para hacerlo, primero debe hacer un estudio que justifique la limpieza y luego proponerle al gobernador del estado que emita una "declaratoria de remediación", que es como una orden oficial para empezar la limpieza. Si son los municipios (los gobiernos locales) quienes piden que se emita esa declaratoria, ellos mismos deben pagar y hacer los estudios técnicos necesarios y después entregarlos a la Secretaría para que los revise.
- Art. 50Este artículo dice que el gobierno va a impulsar que los fabricantes, los que generan basura y los importadores reduzcan la cantidad de residuos que producen. Para lograrlo, se van a promover tres cosas: primero, usar materiales que no generen tanta basura en los procesos de producción; segundo, emplear tecnologías que produzcan menos desperdicios; y tercero, crear programas donde las empresas grandes ayuden a las pequeñas y medianas que les venden productos, o que estas reciban apoyo de escuelas, asociaciones profesionales y cámaras industriales para minimizar sus residuos.
- Art. 51La Secretaría del Medio Ambiente va a juntar todos los datos sobre cómo se manejan los residuos (como la basura y desechos) en todo el país, y los va a meter al Sistema Nacional de Información. Ese sistema es como una base de datos grande donde se guarda información importante para que el gobierno y la gente puedan consultarla. Así, se tendrá un registro claro de todo lo relacionado con el reciclaje, la recolección y el tratamiento de los residuos. Esto sirve para tomar mejores decisiones y que todos estemos enterados de cómo se cuida el medio ambiente.
- Art. 52La Secretaría tiene que hacer y mantener al día una lista de los basureros y lugares donde la gente ha tirado residuos de manera ilegal. Esto aplica para cualquier tipo de residuos, como basura común o peligrosa. La lista se actualiza siguiendo lo que dice otra parte de la ley, que explica cómo debe hacerse. En pocas palabras, el gobierno lleva un registro de los tiraderos clandestinos para poder controlarlos y evitar que sigan apareciendo.
- Art. 53Si hay una emergencia por el manejo de residuos (como basura peligrosa o desechos tóxicos), la primera autoridad que se entere (policía, protección civil, etc.) debe avisar rápido a las autoridades federales, estatales o municipales que correspondan. Esas autoridades tienen que actuar siguiendo los planes ya establecidos en la Ley General de Protección Civil y otras leyes relacionadas. En pocas palabras, nadie puede hacerla de menos: hay que reportar y seguir el protocolo para evitar daños mayores.
- Art. 54La regla dice que para saber si un residuo (como la basura) se considera "de manejo especial" (es decir, que necesita un tratamiento distinto al de la basura común, como llantas, pilas o escombros), se va a fijar en una norma oficial mexicana. Esa norma es como un instructivo del gobierno que define exactamente qué cosas entran en esa categoría. Entonces, no es que cada persona decida, sino que hay una regla técnica que lo aclara.
- Art. 55La Secretaría va a tratar como residuos normales o especiales a los que aparezcan en las reglas oficiales que saque la SEMARNAT (la dependencia del gobierno que cuida el medio ambiente). Esos residuos tendrán que seguir un plan de manejo, que es como un instructivo para saber cómo juntarlos, tratarlos o deshacerse de ellos sin dañar el entorno. Básicamente, la ley dice que hay basura que debe manejarse con cuidado, y el gobierno decide cuál es a través de normas oficiales.
- Art. 56Este artículo dice que los planes de manejo (como los de basura o recursos naturales) deben seguir reglas básicas para hacerlos. Tienen que fijar los pasos a seguir y cómo se organiza la gente que participa, dejando claro quién manda, quién obedece y de qué se encarga cada quién. Todo esto debe hacerse según las normas oficiales mexicanas, que son como los instructivos del gobierno.
- Art. 57Este artículo dice que el principio de responsabilidad compartida también aplica para los residuos que no tienen un plan de manejo especial. La responsabilidad compartida significa que todos los que generan basura (como tú, las empresas o el gobierno) deben cooperar para manejar los residuos de forma correcta. Esto aplica tanto a la basura común de las casas como a ciertos residuos especiales que no estén regulados por un plan específico. En otras palabras, no importa si un residuo tiene o no un plan de manejo, todos seguimos siendo responsables de cuidar el ambiente al desecharlo.
- Art. 58El artículo dice que los gobiernos de los estados y municipios pueden trabajar juntos para cumplir ciertas tareas: simplificar trámites para vender productos reciclados o de desecho, siempre cuidando el medio ambiente; también pueden ayudar a difundir información para que la gente aprenda a darle otro uso a la basura de la casa y a residuos especiales (como pilas o llantas). Además, pueden apoyar programas voluntarios, como inspecciones ambientales o certificaciones, para que la gente o las empresas propongan formas de generar menos basura o de aprovecharla, evitando que contamine.
- Art. 59Existen varias formas en las que puedes hacer un plan de manejo de residuos (basura o desechos). **Primero**, según quién lo haga: puede ser **privado**, si solo lo hacen personas o empresas que están obligadas por la ley, o **mixto**, si esas mismas personas trabajan junto con las autoridades. **Segundo**, según si te asocias con otros: puede ser **individual**, si solo tú haces el plan para tus propios residuos, o **colectivo**, si varios obligados se juntan para manejar uno o varios tipos de residuos. **Tercero**, según dónde se aplique: puede ser **regional**, si cubre dos o más estados o municipios, o **local**, si solo aplica en un estado, municipio o la Ciudad de México. **Cuarto**, también se puede elegir según el tipo específico de residuo del que se trate.
- Art. 60Las empresas u organizaciones que tienen la obligación de crear un plan de manejo para sus residuos pueden hacerlo de dos formas: pueden diseñar uno propio siguiendo las reglas de este Reglamento o las normas oficiales mexicanas, o pueden unirse a un plan que ya exista. Si deciden unirse a un plan ya establecido, solo necesitan seguir lo que ese plan indique para integrarse. Pero para que sea válido, deben aceptar por escrito todas las responsabilidades que el plan exige. En pocas palabras, tienes la opción de crear tu propio plan o sumarte a uno ya hecho, siempre y cuando cumplas con todo lo que pide.
- Art. 61El artículo dice que los municipios, junto con la Secretaría de Medio Ambiente, deben crear planes para manejar la basura que se genera en casas, departamentos, oficinas y edificios públicos, siempre que no sean residuos peligrosos. Esos planes tienen que incluir cómo separar, recolectar y guardar la basura común y la que necesita un manejo especial (como electrónicos o llantas). Los municipios que ya tengan programas de limpia deben seguir las reglas de la Ley General de Residuos y otras normas oficiales mexicanas. Además, estos planes pueden agregar otros tipos de basura, aunque no estén obligados por ley a tener un plan propio.
- Art. 62El gobierno federal y los gobiernos municipales pueden hacer públicos los planes de cómo van a manejar la basura en sus territorios. Esto lo hacen para que la gente sepa cómo usar mejor los residuos, para poner más infraestructura como centros de reciclaje y para crear negocios que le saquen provecho a la basura.
- Art. 63Si tienes que hacer un plan de manejo de residuos porque la ley te lo pide, puedes firmar contratos o acuerdos con otras personas o empresas para cumplir con eso. En esos acuerdos, aunque no esté todo lo que pactaron, debe estar por escrito lo siguiente: qué tipo de residuos vas a manejar y cuántos, cómo vas a reducir o aprovechar esos residuos, cómo pueden unirse otras personas que también estén obligadas, y cómo vas a revisar y mejorar el plan con el tiempo.
- Art. 64Este artículo dice que, para aprovechar al máximo la basura y los desechos, puedes regalarlos o venderlos para que otra persona los use como materia prima en otro proceso. Si haces esto y lo anotas en tu plan de manejo (un documento que ya registraste ante la Secretaría), esos residuos se pueden considerar como subproductos. También puedes reutilizar los desechos en el mismo proceso que los generó, siempre y cuando lo tengas incluido en ese plan registrado.
- Art. 65La Secretaría puede hacer acuerdos por escrito con empresas privadas, gobiernos municipales y otras oficinas del gobierno federal, ya sea solas o en grupo. Estos acuerdos sirven para cumplir las metas de los planes de manejo de residuos. También se pueden usar para fomentar el reciclaje, reducir la basura, reusar materiales, comprar productos con envases reciclables o retornables, y apoyar tecnologías que sean buenas para la economía, el medio ambiente y la sociedad.
- Art. 66La Secretaría puede publicar en su página de internet el nombre de la persona o empresa que está obligada a hacer un plan de manejo de residuos, y también qué residuos incluye ese plan. Si el dueño del plan da permiso, la Secretaría puede publicar el plan completo en esa misma página. Esto es para que la gente sepa quién está cumpliendo con la ley y cómo manejan sus desechos.
- Art. 67Si tienes que registrar un plan de manejo de residuos (como basura o desechos especiales) ante la Secretaría, debes seguir estos pasos: primero, entra al portal de internet de la Secretaría y llena un formulario con tus datos (nombre de la empresa o persona, domicilio, a qué te dedicas, quién es tu representante legal), el tipo de residuos que manejas, sus características y el volumen estimado, cómo los vas a manejar, y quiénes serán los responsables de hacerlo. Después, debes subir en formato digital tu identificación oficial, el documento del plan de manejo y cualquier acuerdo que hayas hecho según el artículo 63. Cuando termines, el sistema automáticamente te dará un número de registro. Si no puedes hacerlo en línea, puedes ir a las oficinas de la Secretaría a entregar los papeles en copia física y llenar los datos ahí mismo. Este mismo procedimiento sirve si quieres modificar un plan de manejo que ya tenías registrado, solo necesitas tu número de registro anterior.
- Art. 68Cuando mandes tu plan de manejo por el sistema, solo te va a dar un acuse de recibo, como un comprobante de que lo recibieron. Después, la Secretaría tiene 45 días hábiles (sin contar fines de semana ni días festivos) para revisarlo y darte tu número de registro. En ese mismo tiempo, la Secretaría puede hacerte sugerencias sobre cómo manejar los residuos; si lo hace, tú debes explicar en tu informe anual cómo seguiste esas recomendaciones.
- Art. 69Para demostrar que te uniste a un plan de manejo registrado ante la Secretaría, necesitas presentar uno de estos dos documentos: un acta o contrato (copia certificada) donde tanto la empresa obligada como tú acepten el acuerdo, o un escrito donde la empresa, por sí misma o con su representante legal, te acepte expresamente. En este segundo caso, el escrito debe incluir el número de registro del plan de manejo.
- Art. 70La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) tiene la tarea de revisar y asegurarse de que se cumplan las reglas del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México, especialmente en lo que toca a la basura de las casas y los residuos especiales como los de las fábricas. También puede castigar a quienes no sigan esas reglas. En pocas palabras, la Secretaría vigila que manejes bien tu basura y te sanciona si no lo haces.
- Art. 71Si hay un peligro para la salud de la gente, como una epidemia, las autoridades de salud pueden pedir ayuda directa a la Secretaría de Salud sin tener que esperar ni llenar muchos papeles. Esto es para que actúen rápido y resuelvan el problema. La Secretaría de Salud se encargará de hacer lo que le toque según sus funciones.
- Art. 72Si eres dueño, encargado o vives en un local comercial, tienes la obligación de dejar entrar a los inspectores que lleguen con un documento oficial que los acredite. También debes darles todas las facilidades que pidan y responder sus preguntas para que puedan hacer su trabajo de revisión y verificación.
- Art. 73El artículo 73 dice que cuando las autoridades revisan o vigilan algo, deben seguir las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Eso significa que no pueden hacer las inspecciones a su antojo, sino que tienen que cumplir con pasos específicos que ya están escritos en ese código. Es como si les dieran un manual de instrucciones para asegurarse de que todo se haga de manera justa y ordenada. En pocas palabras, las visitas de inspección o las supervisiones deben ajustarse a la ley.
- Art. 74El artículo dice que las autoridades solo pueden entrar a revisar tu casa si tienen una orden por escrito, explicando bien las razones por las que lo hacen (fundada y motivada), y si esa orden la dio un juez o una autoridad con ese poder. Además, esa revisión solo se puede hacer si alguien presenta una queja o denuncia sobre un peligro grave para la salud de la gente. La inspección debe seguir las reglas que vienen en este mismo capítulo. En pocas palabras, no pueden llegar de a locote a tu casa a menos que haya una denuncia seria y una orden legal.
- Art. 75Aquí te va la explicación del Artículo 75 en palabras sencillas: Si alguien comete una falta o viola lo que dice este Código o su reglamento, la Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de vigilar que se cumpla la ley) es la única que puede imponer las multas o castigos administrativos, siempre y cuando tenga la autoridad para hacerlo. O sea, no cualquier persona o autoridad puede sancionarte, solo esa Secretaría. Esto aplica solo dentro de lo que son sus facultades. Y en el Capítulo V se habla de cómo puedes inconformarte o defenderte si no estás de acuerdo con la sanción, a través de un recurso administrativo, que es básicamente un derecho a pedir una revisión de lo que te impusieron.
- Art. 76Si alguien que tiene un problema o una queja presenta un recurso de inconformidad (que es un trámite para impugnar una decisión), el asunto se va a resolver siguiendo las reglas que ya están establecidas en la ley correspondiente. Es como decirle a la autoridad 'no estoy de acuerdo con lo que decidiste' y ellos revisan todo conforme a lo que marca el reglamento para esa situación.