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Artículo 40 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene hasta 60 días hábiles para revisar y dar el visto bueno a tu plan de limpieza del suelo. Si faltan papeles, te avisarán una sola vez durante los primeros 20 días para que los entregues, y tienes otros 20 días para presentarlos. Si no los entregas a tiempo, tu trámite se cancela. Si sí los entregas, la Secretaría continúa contando los días para darte una respuesta. Si luego piden más documentos, el reloj se pausa hasta que los mandes.

Texto oficial

Artículo 40. La Secretaría evaluará y aprobará la propuesta de remediación en un término de sesenta días hábiles conforme al siguiente procedimiento: I. La autoridad revisará la solicitud y los documentos presentados y, en su caso, prevendrá por única ocasión al interesado dentro del primer tercio del plazo de respuesta para que complete la información faltante, la cual deberá presentarse dentro de un plazo similar, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación; II. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención se desechará el trámite, o III. Desahogada la prevención que indica la fracción I, la Secretaría reanudará y deberá resolver dentro del término establecido en el presente artículo. Cuando la Secretaría requiera información adicional, el requerimiento correspondiente interrumpirá el plazo de resolución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.