Artículo 29 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si necesitas limpiar un terreno o lugar que está contaminado, tú mismo puedes proponer cómo hacerlo. Para eso, debes basarte en las reglas oficiales mexicanas que ya existen, o si no hay reglas específicas, usar los resultados de un estudio de riesgo ambiental que indiquen hasta qué nivel hay que limpiar. En pocas palabras, tú decides las acciones de limpieza siempre que sigan lo que marcan las leyes o el estudio técnico.
Texto oficial
Artículo 29. En la elaboración del programa de remediación el interesado podrá determinar las acciones de remediación que se integrarán a la propuesta correspondiente, tomando como base lo establecido en las normas oficiales mexicanas aplicables o, en caso de no existir éstas, los niveles de remediación que se determinen con base en el estudio de evaluación de riesgo ambiental que se realice.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.