Artículo 30 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para limpiar un lugar que está contaminado, se necesita un plan que incluya cuatro cosas: estudios para entender el tipo de contaminación, una evaluación del daño al ambiente, una investigación de lo que pasó antes en ese sitio, y las propuestas para arreglarlo. Este plan se hace con base en los estudios del suelo y, si aplica, en el riesgo que corre el ambiente. También se toma en cuenta la historia del lugar, como qué actividades causaron el daño, quiénes lo poseían antes y cómo se contaminaron el suelo, el subsuelo o el agua. Todo esto sirve para saber exactamente qué pasó y cómo limpiarlo.
Texto oficial
Artículo 30. Los programas de remediación, según corresponda, se integran con: I. Estudios de caracterización; II. Estudios de evaluación del riesgo ambiental; III. Investigaciones históricas, y IV. Las propuestas de remediación. Los programas de remediación se elaborarán con base en el estudio de caracterización y, en su caso, en el de evaluación de riesgo ambiental. En la elaboración de los programas de remediación para pasivos ambientales también se considerarán las investigaciones históricas. Estas investigaciones tendrán como finalidad establecer las actividades causantes de los daños ambientales realizadas en el sitio contaminado, los sucesos que condujeron a la contaminación del suelo, el subsuelo y los mantos acuíferos, las condiciones geo-hidrológicas que prevalecieron en el sitio, con base en informaciones documentales, así como la relación de quienes hubieren sido poseedores y de los usos que haya tenido el predio o predios en los cuales se localice el sitio contaminado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.