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Artículo 64 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, para aprovechar al máximo la basura y los desechos, puedes regalarlos o venderlos para que otra persona los use como materia prima en otro proceso. Si haces esto y lo anotas en tu plan de manejo (un documento que ya registraste ante la Secretaría), esos residuos se pueden considerar como subproductos. También puedes reutilizar los desechos en el mismo proceso que los generó, siempre y cuando lo tengas incluido en ese plan registrado.

Texto oficial

Artículo 64. Para el cumplimiento del principio de valorización y aprovechamiento de los residuos a que se refiere la fracción II del artículo anterior, se podrá transmitir la propiedad de los mismos, a título oneroso o gratuito, para ser utilizados como insumo o materia prima en otro proceso productivo y podrán considerarse como subproductos cuando la transmisión de propiedad se encuentre documentada e incluida en el plan de manejo que se haya registrado ante la Secretaría. Los residuos podrán ser valorizados cuando se incorporen al proceso que los generó y ello sea incluido en el plan de manejo que se haya registrado ante la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.