Artículo 43 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, en una emergencia, si los encargados de limpiar un terreno contaminado contratan a una empresa autorizada para hacer el trabajo, el gobierno tiene 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para revisar y aprobar el plan de limpieza.
Texto oficial
Artículo 43. Cuando se trate de emergencias, si los responsables de la remediación ejecutaran el programa respectivo a través de prestadores de servicios de tratamiento de suelos contaminados autorizados, la Secretaría evaluará las propuestas de remediación dentro del término de quince días Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO CUARTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 14 hábiles. CAPÍTULO III Procedimiento de Remediación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.