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Ley
Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
20

Artículo 20 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas meter basura doméstica (residuos sólidos urbanos) o de negocios (de manejo especial) en una planta de selección, el chofer del camión debe mostrarle al encargado su permiso oficial como transportista de basura, que emite la Secretaría. También tiene que entregar los papeles que comprueben de dónde viene esa basura y que no es peligrosa (como químicos o residuos tóxicos). Sin esos documentos, no te van a dejar entrar los residuos a la planta.

Texto oficial

Artículo 20. Para el ingreso de residuos sólidos urbanos y de manejo especial a plantas de selección, el transportista deberá presentar al responsable de la operación su registro como transportista de residuos sólidos urbanos y de manejo especial que para tal efecto expida la Secretaría, además deberá presentar la documentación necesaria que avale el origen y la no peligrosidad de los residuos que ingrese a la planta de selección.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 7) ↗

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