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Ley
Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
70

Artículo 70 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) tiene la tarea de revisar y asegurarse de que se cumplan las reglas del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México, especialmente en lo que toca a la basura de las casas y los residuos especiales como los de las fábricas. También puede castigar a quienes no sigan esas reglas. En pocas palabras, la Secretaría vigila que manejes bien tu basura y te sanciona si no lo haces.

Texto oficial

Artículo 70. Corresponde a la Secretaría, dentro de su competencia vigilar e inspeccionar el cumplimiento de las disposiciones del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO CUARTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 21 México, de este Reglamento y de las normas que para tal fin se expidan, en lo referente a residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como sancionar su incumplimiento.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 20) ↗

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